Reforma Pensional 2025

Reforma Pensional 2025

Así Impacta la Reforma Pensional en tu Nómina y la PILA para 2025

¡Hola, colega Nominero! La Reforma Pensional (Ley 2381 de 2024) trae cambios importantes que impactarán tu gestión de nómina, especialmente en la PILA. Queremos que estés preparado y entiendas todo a la perfección. Vamos a desglosar los puntos clave de esta reforma, de una forma sencilla y directa, para que tu proceso de nómina siga siendo impecable.

La Nueva Reforma Pensional:

Esta reforma busca una pensión más justa y accesible en Colombia. Se organiza en cuatro pilares principales:

  • Pilar Solidario: Pensado para adultos mayores en situación de vulnerabilidad, brindándoles una renta básica.
  • Pilar Semicontributivo: Para quienes no cumplen todas las semanas para una pensión, ofrece una renta vitalicia proporcional a sus aportes.
  • Pilar Contributivo: ¡Aquí está el grueso de los cambios para ti! Cubre a trabajadores y personas con capacidad de pago, y se divide en dos componentes:
    • Prima Media: Administrado por Colpensiones.
    • Ahorro Individual (ACCAI): Administrado por los fondos privados.
  • Pilar Voluntario: Permite aportes adicionales para mejorar la pensión futura.

Casos en que se debe seleccionar ACCAI:

  • Si el cotizante está afiliado a Colpensiones.
  • Si no pertenece al régimen de transición.
  • Si es la primera vez que se afilia al sistema de pensiones.

¿Quiénes se Rigen por las Nuevas Reglas a Partir de Julio de 2025?

Las nuevas reglas de pensión aplicarán a quienes no estén en el régimen de transición. Esto significa:

  • Hombres que, al 1 de julio de 2025, tengan menos de 900 semanas cotizadas.
  • Mujeres que, a la misma fecha, tengan menos de 750 semanas cotizadas.

Si tus trabajadores superan estas semanas, ¡sus reglas actuales de pensión se mantienen!

El Gran Cambio en la PILA: Así se Distribuirán los Aportes de Pensión

A partir del periodo de cotización de julio de 2025 (es decir, el pago que harás en agosto), la PILA ajustará automáticamente la distribución de los aportes de pensión para quienes no están en el régimen de transición.

  • Si el IBC es hasta 2.3 SMLMV: Todo el aporte de pensión se dirigirá a COLPENSIONES (Componente de Prima Media).

  • Si el IBC es superior a 2.3 SMLMV:

    • La parte del aporte correspondiente a un IBC de hasta 2.3 SMLMV se irá a COLPENSIONES.
    • La parte que exceda los 2.3 SMLMV se dirigirá a la ACCAI (fondo privado).

¿Y qué pasa si un cotizante tiene múltiples aportes en el mes? La PILA sumará todos los IBC para un mismo cotizante en el periodo y realizará la distribución.

Para que la PILA pueda hacer esta distribución, validará la información del cotizante con la base del RUAF y el “Archivo de Información de Afiliación a Pensiones”.

Si uno de tus empleados tiene un IBC superior a 2,3 SMMLV y su ACCAI no aparece en las bases de datos oficiales, tú, como empleador, eres quien debe reportarla en la PILA. Los operadores de información te ayudarán a validar y garantizar que esos aportes se envíen correctamente.

Novedades y Ajustes Adicionales en la PILA

La Resolución 467 de 2025 trae otros cambios importantes en la PILA:

  • Nuevo tipo de cotizante: Se adiciona el tipo 72 – Mujeres con aporte a pensión por pago de tercero. Esto permite que un tercero pague aportes por mujeres con ingresos menores a 1 SMLMV que no tienen vínculo laboral. Su IBC debe ser 1 SMLMV.
  • Cotizante “Trabajador de tiempo parcial” (tipo 51): Ahora podrá ser usado por trabajadores independientes y liquidarse en la Planilla “I - Independientes” desde julio de 2025.
  • Aportes a Fondo de Solidaridad Pensional: Se liquidarán según la nueva normativa, con tablas diferenciadas para cotizantes de transición y del nuevo régimen. Los empleados cobijados por el régimen de transición continuarán aportando según la tabla anterior definido en el artículo 8 de la Ley 797 de 2003.

Los cotizantes que no se encuentren amparados por el régimen de transición previsto en el artículo 75 de la Ley 2381 de 2024 deberán realizar sus aportes a las subcuentas de solidaridad y subsistencia conforme a lo establecido en el artículo 20 de dicha ley.

Esta tabla estará vigente a partir del 1 de julio de 2025


IBC EN SMLMV Subcuenta de solidaridad Subcuenta de Subsistencia
Igual o mayor a 4 y menor a 7 0.50% 1.00%
Igual o mayor a 7 y menor a 11 0.50% 1.30%
Igual o mayor a 11 y menor a 19 0.50% 2.00%
Igual o mayor a 19 o menor o igual a 20 0.50% 2.30%
Mayor a 20 0.50% 2.50%

  • Novedad de Aporte Voluntario a Pensión (AVP): Solo para cotizantes en Régimen de Transición y aplica solo para administradoras del régimen de ahorro individual.

  • Nueva Novedad de Retiro “T”: Para “Terminación de contrato de prestación de servicios”, usada por Contratantes (tipo 15) para cotizantes independientes (tipo 59).

¡Gran Noticia para Contratantes y Contratistas!

Una de las novedades más relevantes es la opción de pago de aportes de contratistas por parte del contratante.

  • Acuerdo Voluntario: Contratante y contratista pueden acordar que el contratante sea quien cotice a pensión, salud y riesgos laborales, descontando los porcentajes de los honorarios.
  • Responsabilidad: El contratante responderá por la totalidad de las cotizaciones, incluso si no efectuó el descuento.
  • Nueva Planilla “Y”: Se crea la Planilla Independientes Empresas (tipo Y), que permite al aportante “15- Contratante” pagar las cotizaciones de sus empleados y, si lo acuerda, también las de sus contratistas.
  • Si no hay acuerdo: El contratista sigue siendo responsable de sus propios pagos.

¡Importante! Licencia para el Cuidado de la Niñez

La Reforma Pensional no solo impacta la liquidación de aportes, sino que también introduce otros beneficios importantes que todo nominero debe conocer. Entre ellos, destaca la Licencia para el cuidado de la Niñez, un derecho fundamental para padres trabajadores. Para conocer todos los detalles sobre esta licencia, sus requisitos y cómo impacta la nómina, te invitamos a leer nuestro artículo completo: [link]

¿Qué deben hacer tus trabajadores ahora?

El plazo para que los trabajadores eligieran libremente una ACCAI (Administradora del Componente de Ahorro Individual) venció el 16 de enero de 2025.

Quienes no realizaron la selección dentro de ese plazo, fueron asignados automáticamente por el Gobierno a una ACCAI. Aunque sus ingresos no superen actualmente los 2,3 SMLMV, es importante que estén informados sobre la entidad que administra su componente de ahorro, ya que, si sus ingresos aumentan en el futuro, los aportes adicionales se dirigirán a esa administradora.

¡Prepárate y Mantente Informado!

  • Verifica la situación de transición de tus empleados.
  • Monitorea el IBC de tus cotizantes, pues el umbral de 2.3 SMLMV es clave.
  • Asegura la exactitud de la información de tus trabajadores en el RUAF y tus archivos.
  • Y no olvides los nuevos derechos laborales: familiarízate con la Licencia de Cuidado de la Niñez, un cambio clave de la reforma pensional que también impacta tu gestión de personal.

Los ajustes operativos en la PILA se implementarán desde el 1 de julio de 2025, y se verán reflejados en los pagos a partir del 1 de agosto de 2025.

Nomineros: Tu Mejor Aliado en la Nueva Era Pensional

Sabemos que todos estos cambios pueden sonar abrumadores. ¡Pero no te preocupes! En Nomineros, nuestro objetivo es simplificar tu vida y la gestión de tu nómina.

La mejor parte para ti como empleador:

¡No necesitas hacer cambios complicados en tu software de nómina ni en la forma en que diligencias la PILA! Desde Nomineros, nuestra plataforma se encargará de adaptar todos estos ajustes automáticamente.

En Nomineros, estamos listos para acompañarte en este proceso. ¡Contáctanos si tienes alguna duda al correo contacto@nomineros.com o visita nuestra página web nomineros.com!